Infracciones administrativas

Sí. Al final de cada período de 3 (tres) años, sin que sean practicadas infracciones graves o muy graves, o crímenes de naturaleza vial, serán atribuidos 3 (tres) puntos al conductor, llegando al máximo de 15 (quince) puntos.

A cada período de revalidación del permiso de conducir, sin que hayan sido practicados crímenes viales, y el conductor haya frecuentado, voluntariamente, acción de formación de seguridad vial, le será atribuido un punto al conductor, no pudiendo sobrepasar el límite de 16 (dieciséis) puntos. Este límite es aplicado, solamente, en situaciones en las que le hayan sido atribuidos puntos, en conformidad con lo previsto en el párrafo anterior, de lo contrario se mantiene el límite máximo de 15 (quince) puntos.