Infracciones administrativas

​Deberán pagarse costas:

  • Cuando el pago voluntario de la multa se efectúe fuera del plazo de 15 días hábiles después de la notificación del acta de infracción administrativa;
  • ​En los casos en que se presenten alegaciones, se solicite el pago escalonado o se efectúe cualquier solicitud relativa al modo de cumplimiento de la sanción accesoria aplicable.

El importe mínimo de las costas del procedimiento de infracción administrativa es de 52,50 €, correspondiente a la mitad de una Unidad de Cuenta (el valor de la UC es de 105,00 €). A este importe podrán sumarse otros importes previstos expresamente por la ley y que sean responsabilidad del imputado.