Infracciones administrativas

Prescripción del procedimiento

El procedimiento por infracción administrativa de tráfico se extinguirá como consecuencia de su prescripción cuando hayan transcurrido dos años de la comisión de la infracción administrativa.

Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones de suspensión e interrupción previstas en el régimen general de delitos de derecho administrativo, la prescripción del procedimiento por infracción administrativa de tráfico se interrumpirá también con la notificación al imputado de la sentencia condenatoria.

 

Prescripción de la multa y de las sanciones accesorias

Las multas y las sanciones accesorias prescribirán en el plazo de dos años a partir de que se haya dictado la sentencia condenatoria definitiva o con resolución firme.