​El pago escalonado de la multa podrá solicitarse en cualquier fase del procedimiento –hasta la remisión del procedimiento al tribunal para su ejecución– rellenando un impreso de modelo​ aprobado por orden del presidente de la ANSR (link), y solo se concederá si se cumplen las siguientes condiciones:
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La multa prevista para la infracción administrativa debe ser igual o superior a 200 € (doscientos euros) – inciso d) del apdo. 2 del art. 175 del Código de Circulación.
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​El importe de cada cuota no podrá ser inferior a 50 €, y el periodo de pago no podrá ser superior a 12 meses;
La falta de pago de una de las cuotas pondrá fin a la posibilidad de seguir pagando de esa forma, y se exigirá su pago completo.